La Cámara de Apelaciones revocó un fallo del Juez Martelossi y ordenó detener al imputado por violar y embarazar a una nena con ADN Positivo

9 de agosto de 2021 0 Por admin
Cristian René González, 34, fue detenido el viernes 6 de agosto de 2021 por orden del juez José Mántaras, quien ese mismo día firmó el fallo de la Cámara Penal de Apelaciones que revocó la decisión del juez de primera instancia, Mauricio Martelossi, quien había concedido al imputado el beneficio de esperar el juicio en libertad.
Martelossi desoyó el pedido del fiscal, quien quería que el imputado continúe en prisión preventiva hasta el juicio para evitar que fugue y para que los testigos declaren con tranquilidad, máxime teniendo en cuenta que hasta está el resultado del ADN que confirma que el embarazo no deseado que sufrió la nena, es producto de la violación de González, por lo que derivó en otro hecho traumático: un aborto practicado el 20 de febrero de 2021 en el Hospital Reconquista.

Todas las evidencias estaban en conocimiento del juez Martelossi, quien igualmente tomó otra decisión polémica, legal, pero escandalosa y repugnante, apelada por el fiscal y por la querella, lo que derivó ahora en la revocación del fallo en Cámara, y la vuelta a prisión preventiva para González.
González está imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal de una menor de trece años de edad, cometido mediante aprovechamiento de que la víctima no ha podido consentir libremente la acción, en concurso ideal con promoción de la corrupción de una menor, agravado por ser la víctima menor de trece años.
Fue el propio Mauricio Martelossi quien actuando como juez de la investigación penal preparatoria, el 26 de febrero de 2021 había declarado legal la detención y había dispuesto la prisión preventiva sin plazo, lo que no discutieron ni siquiera sus defensores Andrés Ghio y Ricardo Degoumois. Después cambió de parecer, lo que motivó la apelación del fiscal Juan Marichal y de los querellantes por la madre de la víctima.

La investigación comenzó a partir de la denuncia que radicó la madre de la menor, informada por su hija del infierno que padecía en manos de González, cuando ella quedaba a cuidarle sus hijos en su casa

La menor contó su padecimiento en oportunidad que González paseaba por Córdoba. No determinó la cantidad de veces que la abusó, pero fueron varios accesos carnales entre febrero de 2018 y noviembre de 2020.

Lo del acceso carnal no hace falta dar detalles a que refiere; y en cuanto a la imputación por la promoción de la corrupción de menores, agravado por tratarse la víctima de menor de trece años, el fiscal explicó que es porque el abusador pretendió crear un vínculo con su víctima, confesándole incluso enamoramiento, pidiéndole que no lo deje solo; y esa acción podría interrumpir el normal desarrollo sexual de la niña, informó el fiscal.

La calificación de los delitos imputados están comprendidos en los artículos 119, tercer párrafo; y 125 primer párrafo en función del segundo del Código Penal Argentino.

Lo que dice la ley: 

El artículo 119, con la aplicación del tercer párrafo, establece pena de  seis a quince años de reclusión o prisión a quien abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece años y  hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral, o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías.

El artículo 125 reprocha al que promoviere o facilitare la corrupción de menores de dieciocho años; con pena de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de trece años.